Fines y objetivos

ESTATUTOS 

ASOCIACIÓN SOCIAL CASA DE LOS PUEBLOS EN CANARIAS



CAPITULO I.- DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL.

Artículo 1.- Denominación

La Asociación Social “CASA DE LOS PUEBLOS EN CANARIAS”, de carácter social, sin ánimo de lucro y dotada de Personalidad Jurídica propia y Capacidad de obrar, se rige por la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Ley 4/2003, de 28 de febrero de  Asociaciones de Canarias, el Decreto 12/2007 de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias, demás disposiciones complementarias y por los presentes Estatutos. 

Artículo 2.- Fines

Los fines de la Asociación serán los siguientes:

  1. Contribuir al acercamiento del Pueblo Canario con otros Pueblos, sobre bases de Paz, Amistad, Solidaridad, Intercambio y Cooperación.
  2. Favorecer y promover las relaciones fraternales, la cooperación y el intercambio entre los pueblos y comunidades, teniendo como premisa la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención de Roma, en particular siendo garantes de la igualdad de todas los seres humanos sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, situación administrativa, la libre circulación de las personas, el derecho de asilo,  cualquier otra condición o índole, para su mejor inserción, su participación ciudadana y su integración socio cultural.
  3. Mantener vivas las culturas, costumbres y tradiciones de los Pueblos propiciando el conocimiento, respeto y reconocimiento mutuo.
  4. Promover la cultura de paz en las relaciones entre los pueblos y en ese marco promover desde Las Islas Canarias la declaración de una zona de paz basada en la solidaridad internacional, con un papel activo contra las injusticias, contribuyendo al conocimiento y divulgación de las causas que las originan.
  5. Elaborar, promocionar y colaborar en proyectos de desarrollo, intercambios y cooperación, basados en la justicia y la reciprocidad, como forma de contribuir a la mejora del Índice de Desarrollo Humano (IDH) de los Pueblos.
  6. Fomentar la cooperación y colaboración con las comunidades de distintas nacionalidades asentadas en Las Islas Canarias, para el conocimiento mutuo, su participación, inserción e integración socio cultural.


Artículo 3.- Actividades

Para el cumplimiento de sus Fines, la Asociación organizará, entre otras, las siguientes actividades:

  1. Colaboración e intercambio en temas históricos entre organizaciones canarias y organizaciones nacionales de otros Pueblos, que permitan conocer los vínculos históricos y culturales, en especial, la contribución de Canarias a la formación de otras culturas y el impacto socio cultural en las mismas a través de los movimientos migratorios, así como desarrollar tales vínculos en la esfera socio cultural y la cooperación.
  2. Organización de actividades sociales, culturales, educativas, científicas, deportivas, que hagan de la entidad un sitio de encuentro de diversas culturas, centro de reflexión sobre la realidad internacional, lugar para el debate y el intercambio de experiencias entre los Pueblos.
  3. Promoción, intercambio y difusión de la cultura del Pueblo Canario con otros Pueblos y Colectivos asentados en el Archipiélago Canario y fuera del mismo.
  4. Elaboración, participación y coordinación de actividades socio culturales con Colectivos Sociales, Asociaciones, Sectores Públicos, Privados, Organismos e Instituciones Canarias y asociaciones de emigrados u Organismos Nacionales de otros Pueblos.
  5. Elaboración y organización de encuentros, foros, debates, conferencias, proyectos culturales y multiculturales.
  6. Firma de acuerdos de hermanamiento, cartas de intención, convenios culturales y de otro tipo con asociaciones de otros Pueblos representados en el territorio canario.